

La iniciativa, se presentó durante el último año del gobierno del expresidente López Obrador, y la aprobaron con 476 votos a favor y solo dos abstenciones
La Cámara de Diputados aprobó con 476 votos a favor y solo dos abstenciones una reforma integral a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Esta iniciativa, presentada durante el último año del gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador, busca equilibrar el derecho a la legítima defensa con medidas más estrictas contra el tráfico y uso ilegal de armamento en México.
Endurecimiento de sanciones
Uno de los aspectos más destacados de la reforma es el endurecimiento de las penas por delitos relacionados con armas de fuego. Se establece una pena de 7 a 30 años de prisión y multas de 250 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para quienes introduzcan ilegalmente armas al país, especialmente aquellas reservadas para uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
Además, se impondrán sanciones de 4 a 8 años de prisión y multas de 700 a 1,500 veces la UMA a quienes empleen o distribuyan ilícitamente armas. La posesión o almacenamiento sin permiso de municiones o cartuchos también se castigará con multas de 10 a 100 veces la UMA.
Regulación del uso civil de armas
La reforma reconoce el derecho de las personas a poseer armas de fuego autorizadas por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en su domicilio declarado, con el propósito de garantizar la seguridad y legítima defensa de los habitantes del lugar.
Asimismo, se autoriza la portación de armas a funcionarios de empresas públicas y paraestatales, como Petróleos Mexicanos (Pemex), la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Banco de México (Banxico), para funciones de seguridad.
La reforma también permite la posesión y uso de armas a deportistas de caza y tiro, así como a charros, bajo ciertas condiciones y calibres específicos. Por ejemplo, se autoriza la posesión de hasta 10 armas para actividades deportivas, y el uso de revólveres como parte del atuendo tradicional de la charrería, siempre que estén descargados.
Control y registro de armas
La Secretaría de la Defensa Nacional será la entidad encargada del control absoluto de las armas en el país. Para ello, se establece el Registro Federal de Armas de Fuego, que centralizará la información sobre la posesión y portación de armamento. La Sedena tendrá la facultad de otorgar, negar, suspender o cancelar permisos de adquisición y licencias de portación de armas automáticas de calibre 7.62 mm o superiores, destinadas al personal operativo de organismos de seguridad pública federales y estatales.
Prohibiciones y restricciones
La reforma prohíbe la posesión, transportación, uso o fabricación de instrumentos, accesorios o aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, incluidos los de manufactura tridimensional, con técnicas aditivas o de forma artesanal. También se prohíbe el empleo de equipo de visión nocturna, designadores láser, miras holográficas o térmicas, así como todos aquellos accesorios utilizados para mejorar el empleo del armamento en actividades ilícitas.
Además, se establece que los militares con jerarquía de generales, jefes y oficiales o sus equivalentes en la Fuerza Armada Permanente pueden poseer y portar armas con la sola acreditación de su personalidad militar vigente. Sin embargo, se prohíbe a los militares portar armas de su propiedad para prestar servicios con particulares, sin la autorización de la Secretaría o de la Secretaría de Marina, según corresponda.
Reacciones y próximos pasos
La reforma se recibió bien por la mayoría de los grupos parlamentarios, quienes destacaron la necesidad de actualizar la legislación vigente desde 1972 para enfrentar el actual escenario de violencia por parte de grupos del crimen organizado. Sin embargo, algunos legisladores de la oposición señalaron que la reforma no es suficiente para detener el tráfico ilegal de armas y pidieron una estrategia binacional para eliminar el tráfico de armas de Estados Unidos a México.
La iniciativa se turnó al Senado para su discusión y posible aprobación. De ser aprobada, se espera que entre en vigor en los próximos meses, una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación.
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