
El IMSS tiene como objetivo brindar servicio médico y seguridad a los trabajadores mexicanos, estos son algunos de los servicios que ofrece
El Instituto Mexicano del Seguro Social está cumpliendo 80 años de su fundación, a lo largo de este tiempo ha ido cambiando sus beneficios y atenciones para los asegurados. Sin embargo a veces cuándo empezamos a trabajar tenemos dudas sobre ¿Qué es? ¿Qué beneficios tengo? ¿Tengo IMSS?.
Por eso en esta nota nos dedicaremos a resolver las dudas más comunes respecto al IMSS.
¿Cómo puedo tener IMSS?
De acuerdo con la ley federal del trabajo si eres un trabajador asalariado, tu patrón tiene la obligación de otorgarte seguridad social. Estando asegurado por parte de tu trabajo, por ley se descuentan con base en los ingresos un 12.5% para servicios de salud y un 16% para servicios de pensión.
Sin embargo el IMSS también permite que como trabajador no asalariado te inscribas de manera voluntaria en el Seguro Social para recibir algunos de los beneficios que este presta. Esta modalidad es conocida como seguro de salud para la familia y es necesario pagar una cuota anual de acuerdo al rango de edad.
- 0 a 19 años $6,5000
- 20-29 años $8,500
- 30-39 años $9,150
- 40-49 años $10,600
- 50-59 años $11,000
- 60-69 años $15,300
- 70-79 años $15,900
- 80 y más $16,450
¿Qué servicios tengo?
Como asalariado:
Si eres trabajador asalariado cuentas con derecho a atención médica, hospitalaria, farmacéutica y rehabilitación. Así como ahorro para el retiro, guardería, prestaciones sociales y pensiones en caso de invalidez o fallecimiento.
Además tienes seguro de riesgos de trabajo que te protege en caso de accidentes o enfermedades a los que te expongas por el trabajo. Te brindan atención médica necesaria mediante el pago de una pensión mientras estés incapacitado para trabajar.
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Cubre los servicios en caso de enfermedad y de maternidad brindando la atención necesaria en el tratamiento o en la gestación. También dan las prestaciones económicas que te corresponden.
- La atención médica incluye: Cirugías, farmacia y hospitalización; si tu enfermedad requiere atención con algún especialista tu médico familiar te enviará a una consulta externa a las unidades médicas de segundo nivel
- El seguro de maternidad además de la atención médica cubre el gasto por incapacidad de maternidad y un período de hasta 84 días de descanso en periodo prenatal y postnatal

Los seguros por invalides se tramitan de manera temporal o definitiva dependiendo de la enfermedad, accidente o padecimiento por el que se tramita. En ambos cargos se otorga una pensión, además existen pensiones por viudez, orfandad y asistencia médica para ambos casos.
El IMSS ofrece el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. El seguro de Cesantía es para los asegurados con 60 años que se han quedado sin trabajo. Mientras que el de vejez es para los asegurados de 65 años o más que han cumplido 1250 semanas cotizadas.
Esta pensión es para quienes están en el régimen de la ley del seguro social de 1973, y deben haber tenido antes de 1997 mínimo 500 semanas cotizadas. Sin embargo si estas con la ley de 1997 puedes tener el amparo del régimen de la ley de seguridad social de 1997 y comprobar que has cumplido las 1250 semanas cotizadas al momento de solicitar tu retiro (a los 65 0 más).
Para saber bajo que régimen estas, solo debes saber que si te registraste despues del 1 de julio de 1997, eres del régimen del 97. Si fue antes de esta fecha, estas bajo la ley del 73.
Trabajadores no asalariados:
Si tramitaste tu seguro social de manera voluntaria tienes acceso a seguro médico, quirúrgico, farmacéutico, hospitalaria y maternidad. En caso de maternidad hay atención durante el embarazo, alumbramiento y puerperio. No incluye tratamientos de cirugía estética, lentes, aparatos auditivos o tratamiento de padecimientos crónicos con control permanente.
¿Qué trámites tengo que hacer?
Primero que nada debes saber que la mayoría de los trabajos hacen el trámite por ti y así puedas gozar de todos los servicios del IMSS. Sin embargo si no es así, puedes hacerlo de manera digital y muy sencilla en la página del instituto, para ello debes tener a la mano:
- CURP
- Correo electrónico
- Domicilio
Puedes hacer el trámite directo en ventanilla llevando tu CURP, copia del acta de nacimiento, copia de la identificación vigente y un correo electrónico.
La asignación de tu clínica se hace de acuerdo a tu código postal ya que te asignan a la más cercana a tu domicilio. Una vez que tengas asignada la clínica, puedes iniciar a agendar citas para consulta médica si lo requieres. Sin embargo si necesitas cambiar de clínica por alguna situación, puedes hacerlo de manera inmediata de manera digital.
¿Qué debo llevar la primera vez que voy a consulta?
Para que asistas a tus consultas médicas necesitas un carnet que en la misma institución te dan. Para esto es necesario que te presentes en la clínica con:
- Número de seguridad social
- CURP
- Fotografía infantil
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