¿Por qué es tan grave lo que hizo “Lady Chichen-Itzá”?

«Lady Chichen-Itzá» bajando de Kukulcán/Imagen: Redes

Los paseantes insultaron a la mujer y gritaron «¡Cárcel! ¡Sacrificio!»

Como sabemos, este fin de semana surgió una nueva lady: Lady Chichen-Itzá. El motivo por el cual se le adjudicó a la mujer el título “nobiliario” fue haber burlado la seguridad, así como haber traspasado el límite marcado para proteger el templo de Kukulcán, zona arqueológica de la ciudad de Chichen-Itzá.

Mexicanos ofendidos

Entre los vídeos compartidos en redes, se logra ver cómo los demás visitantes agreden y jalonean a la mujer quien, no conforme con haber subido la pirámide, bailó a modo de mofa estando en la cima.

Cuando por fin lograron bajarla, le arrojaron agua, tiraron de su cabello y exigieron fuera expulsada del lugar, encarcelada e incluso sacrificada.

¿Por qué es tan grave lo que hizo «Lady Chichen-Itzá”?

La razón es más simple de lo que podríamos pensar.

La ciudad de Chichen-Itzá y todo lo que en ella se encuentra, se considera como parte de los bienes arqueológicos de México por tener origen prehispánico. Por tanto, el templo a Kukulcán es un monumento arqueológico protegido por la federación.

¿Qué dice la ley?

Fue un 6 de mayo de 1972 que, bajo el mandato de Luis Echeverría, se publicó la Ley Federal sobre monumentos y zonas arqueológicos, artísticos e históricos. Esta ley reformada en el 2018 menciona, entre otras cosas: el registro de los bienes; qué se considera monumento arqueológico, artístico e histórico; cuáles son las instancias correspondientes de preservar cada monumento o zona; las sanciones por daños o invasión.

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¿Cuál podría ser la sanción para “Lady Chichen-Itzá”?

El artículo 55 del capítulo VI de la ley mencionada, establece:

“Cualquier infracción a esta Ley o a su Reglamento, que no esté prevista en este capítulo, será sancionada por los Institutos competentes, con multa de doscientos a mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.”

Si revisamos el tabulador de salarios, el mínimo es de $172.87 y si aplicamos la multa de 200 días, se traduce a un total de $34 574. Mientras que, si lo aplicamos a una sanción de mil días, quedaría en una multa por $172 870 pesos.

JLO en Chichen-Itzá/Foto: Chicago Tribune

“Lady Chichen-Itzá” no fue la única

Las zonas arqueológicas en México, no son debidamente protegidas. Si bien el actuar de la mujer cachanilla no fue el adecuado y esperamos tenga una sanción justa, esta no es la primera vez que alguien hace lo mismo o similar. Recordemos algunos casos.

En 2006, la cantante Thalía fue multada por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH). Se fotografió sin permiso al lado del Chac-Mool, de Kukulkán y del Cenote Sagrado. Mucho se dijo la hermana de Thalía, Federica Sodi, era la representante del INAH en Quintana Roo y pudo haberle facilitado la entrada.

En ese mismo año el entonces presidente de México, Vicente Fox; su homónimo de Estados Unidos, George W. Bush; el primer ministro de Canadá, Stephen Harper, subieron por la pirámide y ahí fueron fotografiados.

En el 2011, Felipe Calderón y Juan Manuel Santos, así como sus esposas, hicieron lo mismo. Los cuatro posaron en la Cámara de los Sacrificios dentro del Castillo de Kukulcán.

También en el 2011 Jennifer López obtuvo un permiso especial por parte del INAH para grabar un video musical en Chichen-Itzá. Por su parte, la actriz Sofía Vergara y Nick Loeb entraron al Observatorio de Chichen-Itzá.

En el 2017 César Mendiburu Heredia fue sancionado por el INAH por emplear un dron para captar el templo al dios maya. No se puede producir material con equipo especial o profesional sobre las zonas arqueológicas. Hay tres leyes en ese aspecto: la Ley General de Bienes Nacionales, la Ley Federal de Monumentos Artísticos y la Ley Federal de Derechos.

Otros famosos y artistas como Luciano Pavarotti, Placido Domingo, Sarah Brightman y Elton John han realizado eventos en esta zona a pesar de las críticas.

¿Se vale o no?

Aquí es donde, el artículo 48 del capítulo VI sobre las sanciones, dice:

“Al que valiéndose del cargo o comisión del Instituto Nacional de Antropología e Historia o de la autorización otorgada por éste para la ejecución de trabajos arqueológicos, disponga para sí o para otro de un monumento arqueológico mueble, se le impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a cinco mil días multa. Si los delitos previstos en esta Ley los cometen funcionarios encargados de la aplicación de la misma, las sanciones relativas se les aplicarán independientemente de las que les correspondan conforme a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos”.

De todo esto vemos la inoperatividad de las autoridades pues nadie, sin excepción, debería traspasar las leyes y menos para beneficio personal.

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