¿Sabes cómo hacer la solicitud de pensión por cesantía vía Internet?

¿Sabes cómo hacer la solicitud de pensión por cesantía vía Internet?. Imagen: Cortesía

En la actualidad, la mayoría de los trámites en el IMSS se pueden realizar en la web

Si deseas hacer la solicitud para la pensión por cesantía del IMSS, a continuación te diremos como hacerlo desde la comodidad de la casa.

La jefa del departamento de supervisión de Prestaciones Económicas, Diana Lizett Reyes Martínez, invitó a la derechohabiencia a utilizar esta herramienta que facilita a los asegurados este trámite.

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Lo único que necesitas es una computadora o dispositivo con acceso a internet, entrar a “Mi pensión Digital” y cumplir con los requisitos:

  • Tener 60 años o más
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la ley
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Correo electrónico
  • Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)

Deberás ingresar a la liga: http://www.imss.gob.mx/pensiones/pension-digital, en donde se validará la información y en caso de ser procedente, emitirá el importe estimado de la pensión.

Posterior a ello, deberá acudir a la ventanilla de Prestaciones Económicas de su UMF o subdelegación a entregar la papelería correspondiente: 

  • Acta de nacimiento
  • Identificación oficial
  • Estado de cuenta con clave interbancaria 
  • Documento con el número de afiliación del solicitante
  • Firmar la solicitud de pensión 

Después de la entrega de papelería, obtendrá su resolución y conocerá la fecha de pago.

Este trámite es gratuito, no te dejes engañar por personas sin escrúpulos que buscan aprovecharse de los asegurados.

¿Qué es la pensión por cesantía?

Las pensiones de cesantía en edad avanzada o vejez, se otorgan al asegurado que habiendo  cumplido 60 y 65 años de edad, respectivamente, cuente con el período mínimo de cotización que prevé la Ley del Seguro Social.

Además, tenga baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social, esté privado de trabajo remunerado y se encuentre vigente en sus derechos.

El periodo mínimo de cotización que prevén los ordenamientos señalados son: 500 semanas de cotización y 1,000 semanas de cotización.

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