Grupo Salinas deberá pagar en enero más de 50 mdp

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El adeudo de Grupo Salinas no es solo por impuestos omitidos, sino por años de litigio que permitieron que se acumularan actualizaciones e intereses / Foto: Conferencia matutina 19 dic 2025

El SAT prepara la ejecución del adeudo fiscal millonario tras recibir la notificación oficial de la SCJN

El Gobierno de México confirmó hoy, 19 de diciembre de 2025, que el proceso administrativo contra las empresas de Grupo Salinas entrará en su fase de ejecución el próximo mes. Tras el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) notificará formalmente el requerimiento de pago por un adeudo fiscal que asciende a 51 mil millones de pesos (MDP).

Este monto representa el cálculo actualizado al cierre de diciembre de 2025 e incluye los impuestos omitidos entre 2008 y 2013, más recargos y actualizaciones legales. La autoridad reiteró que, una vez surta efecto la notificación en enero de 2026, iniciará el plazo legal para que el contribuyente realice el pago voluntario o solicite esquemas de liquidación.

Ruta jurídica: Cuatro instancias confirmaron el adeudo

La validez del cobro no es fortuita; es el resultado de una revisión exhaustiva en cuatro niveles del sistema judicial mexicano. Desde 2013, cuando el SAT determinó las primeras omisiones en el Impuesto Sobre la Renta (ISR), las empresas agotaron todos los recursos de impugnación posibles.

Tabla 1: Etapas del proceso legal concluido

Instancia JudicialFunción en el CasoResultado Final
SAT (2013-2018)Auditoría y determinaciónIdentificó pérdidas fiscales improcedentes.
TFJA (2019-2023)Justicia AdministrativaValidó la legalidad del cobro del SAT.
Poder Judicial (2024-2025)Tribunales ColegiadosNegó los amparos solicitados por la empresa.
SCJN (Nov. 2025)Máximo TribunalDesechó impugnaciones de manera definitiva.

Mecanismos de pago y posibles beneficios de ley

A pesar de la firmeza de la sentencia, el Código Fiscal de la Federación (CFF) permite ciertas facilidades si el contribuyente manifiesta intención de pago inmediata. Dependiendo del esquema de liquidación elegido, las empresas podrían acceder a un ajuste a la baja de hasta el 39% sobre el monto total.

El procedimiento que iniciará en enero de 2026 seguirá estos pasos estrictos:

  1. Notificación de Requerimiento: El SAT entrega formalmente el documento de cobro.
  2. Plazo de Pago Voluntario: Periodo donde el contribuyente puede pagar o solicitar ajustes.
  3. Garantía de Interés Fiscal: En caso de no pagar, se procede a mecanismos de recuperación forzosa.
Gráfica detallada sobre el monto y los beneficios de pago para el adeudo fiscal en México
Infografía: Desglose del adeudo fiscal de 51 mil MDP, mostrando cómo las actualizaciones y recargos influyeron en la cifra final de diciembre 2025.

La resolución de la SCJN ha dejado al SAT con la obligación constitucional de continuar con el cobro del adeudo fiscal. Con la notificación programada para enero de 2026, el grupo empresarial deberá decidir entre la liquidación voluntaria con beneficios de ley o enfrentar las siguientes etapas del procedimiento de ejecución.

¿Consideras que este plazo de enero será el fin definitivo de esta disputa legal? ¡Déjanos tu comentario y comparte esta nota para seguir el desenlace de este caso histórico!

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