EL PROGRESO DE LA REFORMA LABORAL

La reforma laboral fue publicada el pasado primero de mayo, y sus elementos clave se encuentran conformados por cinco aspectos principales: la democracia en el trabajo, donde los trabajadores elegirán a sus dirigentes mediante un voto libre y secreto, los contratos colectivos, mismos que abarcaran tanto la parte patronal como la obrera, al estipular mejoras en la productividad y a su vez, en las condiciones laborales; también la creación de un órgano autónomo, que velará por la imparcialidad y la libertad sindical. 

Los últimos dos aspectos se refieren a la justicia laboral y la eliminación de la extorsión, el primero se traduce en que se sustituirán a las juntas de Conciliación y Arbitraje por los tribunales laborales adscritos al Poder Judicial y lo segundo a que, con la implementación de organismos especializados, tendremos la seguridad de que no habrá chantaje por medio del emplazamiento a huelga interpuesto por los sindicatos.

La nueva reforma laboral busca entonces la democracia en el trabajo, contratos colectivos que posean mejores condiciones laborales, y un órgano autónomo que promueva la imparcialidad sindical. Y es que, el núcleo principal de la reforma versa sobre el sindicalismo.

La libertad sindical es imperativa, todos los trabajadores tienen derecho a formar parte de un sindicato y también a constituirlos sin ninguna necesidad de autorización previa, estos derechos pretenden ser protegidos con la creación del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, y con los Tribunales del Poder Judicial de la Federación, el primero entraría en funciones en un plazo máximo de cuatro años.

También se tiene como máximo tres años para que los Centros de Conciliación y Tribunales en las entidades federativas entren en funciones, y un año después del inicio del centro, comenzarán los traslados físicos de archivos. 

La titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján han encabezado y supervisado en su mayoría las leyes secundarias en materia laboral que se instituyeron con la reforma, con la creencia de que el nuevo panorama laboral, proporcionará condiciones de trabajo donde se podrá elegir libremente a dirigentes sindicales, siendo esto último, uno de los puntos mas fuertes de la reforma. 

La implementación de la reforma entonces poco a poco se esta volviendo una realidad, esto respaldado por la creación del Consejo de Coordinación para la implementación de la Reforma Laboral, el cual fue constituido por la STPS para supervisar y revisar el desarrollo de los cambios. Este organismo se encuentra integrado por Luisa María Alcalde, representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Poder Judicial Federal, entre otros. 

La función de este consejo es el de emitir acuerdos, lineamientos y normas, entre otras estrategias para garantizar la implementación de la reforma a nivel federal y local y que de esta manera, el desenvolvimiento que se tiene contemplado pueda fluir de manera rápida y expedita. 

Algunas de las funciones de este consejo versan sobre la creación de instalaciones del Centro Federal de Conciliación y Arbitraje, la digitalización de expedientes y el impulso de asuntos y casos que se encuentren detenidos.

Los cambios se han estado mostrando, como un ejemplo, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje es la primera en tomar acciones concretas para el avance de la reforma, puesto que, en el pasado mes de agosto, fue una de las primeras instancias a nivel nacional en entregar su plan de trabajo para la conclusión de asuntos que se encuentren en trámite, todo esto a través de la ejecución de laudos y el respaldo del consejo de coordinación previamente mencionado.

Todas las juntas tuvieron un plazo hasta el 31 de agosto pasado para hacer lo mismo que la JFCA. Dentro de las estrategias que contiene el plan de la Junta Federal, vienen la promoción de soluciones conciliatorias y el trabajar mano a mano con las entidades federativas, para distribuir cargas de trabajo. 

Otro aspecto a observarse es que, la modificación de estatutos sindicales tiene un plazo límite hasta el 1 enero del 2020 para que sean concretados. Los sindicatos entonces antes de esa fecha, tienen que tener en sus lineamientos mecanismos que incluyan figuras donde el voto personal, libre y secreto de los trabajadores pueda ser ejercido. A la fecha, son 700 sindicatos los que ya modificaron sus estatutos.